Nos comprometemos a conseguir la mejor hipoteca inversa del mercado, que más se adapte a sus necesidades.

​Nuestra firma se ocupa de realizar todas las gestiones oportunas para facilitarle la opción más ventajosa para sus intereses.

¿Qué es una hipoteca inversa?

Una hipoteca inversa es un préstamo hipotecario para personas mayores de 65 años por el cual una entidad financiera pone a disposición del cliente unas cantidades, ya sean en forma de importe único inicial a la firma o en forma de mensualidades (o una combinación de ambas), a cambio de que ésta utilice su vivienda como garantía.

La cantidad que abone la entidad financiera dependerá del valor de la vivienda y de la edad del cliente.

A mayor valor y a mayor edad, mayor importe se puede recibir.

¿Cómo funciona?

Dependiendo de la edad y del valor de la vivienda del cliente, la entidad establece el importe máximo a prestar.

El préstamo se puede recibir bien en forma de un importe único al inicio, en forma de mensualidades vitalicias, o en una combinación de importe inicial más mensualidades vitalicias.

Los intereses se acumulan a las cantidades recibidas, generando una deuda que se amortiza al fallecimiento o antes cuando el cliente libremente decida.

La obligación de devolver el préstamo (capital más intereses) se genera a partir del fallecimiento. Los herederos tienen un plazo de 12 meses para hacerlo.

¿Qué gastos conlleva?

La hipoteca inversa está bonificada por la Ley 41/2007, que establece la exención del IAJD (no se ha de pagar), y además las tasas notariales y registrales son muy inferiores a las de un préstamo hipotecario normal. Igual que otros créditos hipotecarios la operación conlleva gastos de apertura, notario, gestoría y registro.

Todos estos gastos son adelantados por la entidad a cuenta del préstamo hipotecario.

El único gasto que tiene que desembolsar anticipadamente el cliente es el coste de la tasación, una vez que tenga claro que quiere hacer la operación.

En el estudio que realizamos se detallan todos los gastos de la operación, así como la evolución de la deuda.

¿Cómo se devuelve el dinero prestado?

A diferencia de otros préstamos hipotecarios, el cliente (la persona mayor) no tiene la obligación devolver el dinero prestado. Serán sus herederos los encargados de liquidar la deuda con la entidad en el momento del fallecimiento de la persona mayor. El producto está ideado para que en ese momento, la deuda sea inferior al valor del inmueble. Los herederos cuentan con un plazo normalmente de un año, y durante ese tiempo tienen varias opciones: pueden vender la vivienda, pagar la deuda, y quedarse con la diferencia; pueden suscribir una nueva hipoteca para ir pagando la deuda, o simplemente pueden liquidar la deuda con su propio dinero y quedarse con la vivienda.

No obstante, el cliente, si así lo desea, puede cancelar la hipoteca inversa anticipadamente.

¿Qué me cobra la entidad que la concede?

La entidad financiera cobra un tipo de interés por el dinero que presta a la persona mayor. Esto significa que en el momento de cancelación de la hipoteca, el importe adeudado será igual a las cantidades recibidas y gastos iniciales que haya abonado la entidad financiera, más los intereses generados hasta la cancelación.

¿Se puede cancelar anticipadamente la hipoteca inversa?

A diferencia de los que ocurre con una venta de nuda propiedad o venta con alquiler, la hipoteca inversa puede cancelarse en cualquier momento, devolviendo a la entidad financiera la deuda acumulada hasta el día de la cancelación.

¿Sigo siendo el propietario de mi vivienda?

En ningún momento se pierde la titularidad de la vivienda. El propietario simplemente utiliza su casa como garantía frente a la entidad, pero la vivienda sigue siendo suya.

¿Puedo alquilar mi vivienda?

La vivienda se puede alquilar porque sigue siendo del cliente. Normalmente las entidades financieras piden que se les informe del contrato de alquiler para comprobar que no se trata de un alquiler vitalicio ni de renta mínima.

¿Qué requisitos se exigen para contratar una hipoteca inversa?

Ser mayor de 65 años

Residente en España

Tener vivienda en propiedad

Sin cargas pendientes (puede emplearse la hipoteca para cancelar cargas anteriores)

Primera vivienda – vivienda habitual

Vivienda en núcleos urbanos (valor > 150.000 Euros)

Con herederos

Dependiendo de cada entidad, puede haber requisitos adicionales

¿Cuál es la fiscalidad de la hipoteca inversa?

Las cantidades que se reciben por la hipoteca inversa no tienen la consideración de renta, pues se trata de una disposición de un crédito, por tanto no tributan.

No obstante, si la operación lleva aparejado la contratación del algún seguro de rentas, las mensualidades que se reciban como prestación de dicho seguro sí están sometidas a tributación. En el estudio que le facilitamos se detalla si las opciones disponibles incluyen o no este seguro, así como la fiscalidad.

Las rentas vitalicias inmediatas tributan por rendimientos del capital mobiliario, estando sujetas a tributación el 8% de las mismas (para mayores de 70 años). Es decir, para una renta asegurada de 1.000 euros, se le retendría al cliente el 19% (tipo) del 8% (rendimiento), es decir 19%x8%x1.000 = 15,2€. El cliente recibiría 984,8 Euros netos.

¿Puedo contratar una hipoteca inversa si mi vivienda tiene actualmente una hipoteca?

Se puede contratar una hipoteca inversa con una hipoteca en vigor si se cancela previamente. Para ello, las entidades financieras adelantan un capital inicial en el momento de la firma de la operación que sirve para cancelar la hipoteca en vigor.

¿Cuál es el procedimiento de contratación?, ¿qué debo hacer?

1. Óptima realiza un asesoramiento personalizado en función de las necesidades, circunstancias y patrimonio del cliente, que incluye un estudio gratuito con las mejores alternativas

2. Una vez que el cliente se ha decidido, aporta una serie de documentación que Óptima analiza para determinar la viabilidad previa de la operación

3. Una vez verificada la viabilidad inicial, se realiza la solicitud a la entidad y el cliente abona la provisión de fondos para la tasación

4. Se realiza una tasación por una tasadora independiente

5. Una vez tasada y analizada la operación por la entidad, ésta emite una oferta vinculante

6. Se firma la operación ante Notario

7. La entidad realiza una transferencia bancaria a la cuenta del cliente

¿POR QUÉ UNA HIPOTECA INVERSA?

Siempre se dice que en España no ahorramos para la jubilación, pero esto no es del todo cierto. La realidad es que los españoles sí ahorramos, pero lo hacemos en forma de vivienda. Más del 88% de los mayores de 65 años en España tienen una vivienda en propiedad. En lugar de destinar el ahorro a planes de pensiones o de ahorro privados, lo destinamos en la mayoría de casos a la compra de una vivienda. Los mayores de 65 años en España tienen un ahorro acumulado en vivienda más de 6 veces superior al acumulado en todos los planes de pensiones privados.

La Hipoteca Inversa es el instrumento que permite disfrutar de este ahorro en la jubilación, sin que por ello renunciemos ni a la propiedad ni al uso de la vivienda.

La Hipoteca Inversa se está convirtiendo en una opción más para la planificación financiera para la jubilación. Una persona mayor de 65 años debe saber que tiene más opciones que puede valorar para mejorar su calidad de vida en la jubilación. Para ello, debe recibir un buen asesoramiento que le permita tomar la mejor decisión teniendo en cuenta sus circunstancias y deseos personales.